La Salud lo es todo, por esta razón, en Salud Colpatria trabajamos por garantizar a los usuarios que desean salvaguardar su salud y la de su familia un excelente servicio a través de nuestro Plan Obligatorio de Salud, para esto, ofrecemos cubrimiento médico de calidad, con servicio y atención de primera.
Servicios
- Consulta médica general y especializada
- Exámenes de diagnóstico
- Suministro de medicamentos esenciales
- Hospitalización y cirugía
- Atención integral a la maternidad
- Atención al recién nacido
- Actividades de promoción de la salud y prevención de enfermedades
- Atención odontológica básica
- Prestaciones económicas en incapacidades por enfermedad
Si usted se encuentra cotizando a la EPS en calidad de cotizante dependiente o independiente, puede cubrir con el pago de su cotización mensual, a:
- Cónyuge o el (la) compañero(a) permanente, cuya unión sea superior a dos años.
- Hijos menores de 18 años.
- Hijos mayores de 18 años con incapacidad permanente.
- Hijos entre 18 y 25 años, siempre y cuando sean estudiantes de tiempo completo y que dependan económicamente del cotizante.
- A falta de cónyuge o compañero(a) permanente e hijos, se puede afiliar a los padres que no sean pensionados y que dependan económicamente del cotizante.
Cuando los dos cónyuges cotizan a la misma EPS, se podrá afiliar a los padres de uno de los cotizantes como beneficiarios, siempre y cuando la suma de los aportes de los dos cónyuges sea igual o superior al 150% de la sumatoria de las UPC correspondientes al grupo familiar con derecho a ser inscritos, incluyendo la de los padres que se van a afiliar.
